Como ya sabemos, todos los autónomos tienen que realizar a Hacienda pagos en concepto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Para calcular el monto a pagar existen diferentes métodos a los que cada autónomo se puede acoger en función de si cumple ciertos requisitos.
¿Qué es la estimación objetiva?
Se trata de un método de cálculo de los rendimientos de las actividades económicas que lleva a cabo un autónomo en España. Al resultado obtenido se le aplica un tipo impositivo que viene dado por diferentes módulos.
Régimen de estimación objetiva: Principales Ventajas
Como asesoría en Estepona te contamos que una de las principales ventajas de la estimación objetiva, conocido comúnmente como régimen de módulos, es que conocerás de antemano el importe del impuesto lo cual ayuda a la previsión. Este método no tiene en cuenta los ingresos y gastos que se generan de la actividad si no que se le aplica un tipo impositivo que viene dado por índices (módulos) que son particulares para cada actividad.
Por ejemplo, una cafetería tributará en estimación objetiva en función de: cantidad de personal asalariado, energía eléctrica consumida, horas que dedica el titular (autónomo) a su negocio.
Una empresa que genera un buen rendimiento con su actividad y que, además, tiene pocos gastos, se puede acoger a este método y pagar menos impuestos de los que debería pagar a través de la estimación directa.
Desventajas estimación objetiva
Cuando una empresa genera pérdidas, la estimación objetiva le obliga a pagar la cuantía estipulada según los módulos, generando una salida más de capital y empeorando su situación.
Requisitos estimación objetiva
Los principales requisitos para aplicar a la estimación objetiva son:
- Ser empresario o profesional.
- Que el volumen de ingresos del año anterior para el conjunto de todas las actividades no supere los 250.000 €
- Que el volumen de los ingresos correspondientes a facturas de venta con retención de IRPF no supere los 125.000 €
- Que el volumen de compras en bienes y servicios del año anterior no superen los 250.000 € (menos las inversiones)
- Que la actividad del autónomo esté acogida a uno de los siguientes regímenes:
- Actividades agrícolas, ganadera y forestales
- Comercio al por menor
- Restaurantes de un tenedor, otros cafés y bares y servicios de transporte.
Diferencias entre estimación objetiva y directa
La principal diferencia entre los dos tipos de cálculo del importe del IRPF reside en las magnitudes utilizadas para su cálculo.
En el caso de la estimación directa, se contabilizan los ingresos y los gastos deducibles que ha tenido la empresa o autónomo en el último ejercicio para, posteriormente, aplicarle un determinado tipo impositivo. Si el resultado del ejercicio indicase que ha habido pérdidas, no habrá una base imponible sobre la que aplicar dicho tipo impositivo.
Por el contrario, la estimación objetiva estipula la cuantía a pagar de este impuesto a través de diferentes parámetros que nada tienen que ver con los ingresos y los gastos. Por este motivo, permite conocer con antelación cuánto habrá que pagar al cierre del ejercicio. Para algunas empresas, esta ventaja les permite planificar el pago del impuesto y evitar situaciones de iliquidez.
¿Me conviene la estimación objetiva o directa?
Se trata de una decisión importante, pues una vez te acoges a una forma de declarar el IRPF, te va a tocar mantenerla durante tres años.
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