¿Qué es la pluriactividad?
Son muchas las personas que tienen la inquietud de emprender, de ser su propio jefe pero no pueden arriesgarse a dejar la seguridad que le brinda su actual trabajo por cuenta ajena, por lo menos por un tiempo, hasta que tenga la certeza de que su negocio como autónomo está marchando bien y le permitirá poder brindarle dedicación exclusiva. Para este tipo de casos existe la pluriactividad, donde si bien tendremos que cotizar por dos regímenes diferentes en la Seguridad Social, podremos aplicar ciertas deducciones.
En Ríos Espinosa somos una asesoría en Estepona, donde ayudamos a autónomos y empresas en su camino emprendedor. A través de este artículo queremos compartir contigo las diferentes opciones que tienes para elegir en caso de que seas trabajador por cuenta ajena y a su vez, trabajador independiente.
Recuerda que, como trabajador autónomo, tendrás que realizar declaraciones de IRPF e IVA cada trimestre y también de manera anual. La parte impositiva es muy importante, y comenzar un nuevo emprendimiento de la manera correcta es una de las cuestiones principales para crecer sobre bases sólidas y con el máximo ahorro fiscal .
Tarifa plana o reducción por pluriactividad
El primer paso es el alta de autónomos, donde te inscribirás en Hacienda y en la seguridad Social y comenzarás a cotizar por los dos regímenes. Al estar ya inscrito en el régimen general por parte de tu empleador, tendrás la opción de reducir tu base de cotización:
- Si trabajas a tiempo completo: Puedes reducirte hasta el 50% de la base mínima de cotización en los primeros 18 meses, y 75% en los 18 posteriores.
- Si trabajas a tiempo parcial: Puedes deducirte hasta el 75% de la base mínima de cotización en los primeros 18 meses, y 85% en los 18 posteriores.
No compatible con los puntos anteriores y en caso de que no hayas sido autónomo en los dos últimos años, podrás aplicar a la tarifa plana, que suele resultar la opción más conveniente.
Pensión trabajador por cuenta ajena + autónomo
Hemos visto la parte de pagar, lamentablemente no hay otra opción y debemos cotizar por partida doble, pero no todo es negativo, ya que esto nos permitirá obtener dos pensiones a la hora de retirarnos. ¿Cómo es esto? Bueno, tienes que haber cotizado al menos 15 años en cada uno de los regímenes.